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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Diciembre de 2011 12:15 2011-12-25 12:15 desde IP: 187.194.32.77
Tan simple como un juicio sucesorio:
Todos los que tengan un derecho se pueden acercar, esto es, se volvea a hacer el juicio desde la notificaciòn de la demanda, señalando queiens pueden ser sucesores o herederos, tu hijo, por tener los apellidos, tiene ese derecho, que ellos lo ataquen, mientras mas dure, mas tiempo duiraras tu en posesiòn de la casa.
tienen derecho, la esposa superstite y los hijos del matrimonio, que tengan los paellidos, no te pongas a aclarar de donde viene ese hijo, es su hijo y punto, tiene los apellidos y si hubiera qwu ehacer pruebas a dan mitocindrial, se haran y aparecera que la parte femenina de tu esposo por parte de tu suegra, la tiene tu hijo, por ello, es su nieto y tiene derecho.
En algunos estados de la republica, hay la figura de conyuge superstite, esto significa que la cosa en comun, se hayan casado como se hayan casado, es de la esposa, pero, eso lo tienen que ver directamente por medio de tu abogado y en juicio, no hacer cuentas ants, sino en la proporcion que les corresponda conforme a lo que tenga que decir el juez.
Nop hagas convenios de palabra, no creas en nada de loq ue te diga, solo en papel escrito, eso es lo unico qyue tiene validez, y lo que no esta en el expediente y no esta ratificado ante juez, no iene ningùn valor.
Una vez declarado queienes son los herederos, les corresponde por partes iguales, la casa debera venderse y dividirse el dinero en forma directa; pudes comprar la parte de los que se crean herederos, pero salvar la casa, esa no es ni ha sido tuya en ningun momento. Tu abogado especialista en derecho sucesorio, titulado y con cedula profesional, sabe que hacer.
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