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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Diciembre de 2011 17:43 2011-12-21 17:43 desde IP: 189.146.111.119
Si tu abuelo no dejó testamento, deben promover la sucesión intestamentaria de éste y la testamentaria de tu abuela.
Las herederas de tu abuela, tendrán derecho a la parte de la sociedad conyugal que le correspondió a ésta.
El 50% que le correspondía a tu abuelo, es la parte intestada y se reparte en partes iguales entre los hijos.
La prescripción positiva no opera en este caso, por lo que los recibos de luz y teléfono no sirven para nada...
Asistanse de Lic. en Derecho especialista en sucesiones o derecho familiar de su Estado.
Suerte!!
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