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  • Consulta : 133432
  • Autor : falpuche
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  • Autor
    Respuesta No: 248565

  • falpuche
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Si falleció en su domicilio y no fue un accidente de trabajo, la empresa no está obligada a pagarle la indemnización por muerte...tan solo sus partes proporcionales.

    A menos claro, que existiese un contrato de trabajo en que la empresa se hubiere obligado a pagar tal indeminzación.

    Saludos.