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Fecha de respuesta: Martes 20 de Diciembre de 2011 11:14 2011-12-20 11:14 desde IP: 200.76.91.229
Muchas veces nos casamos con ese mal argumento de no ir al Registro Civil a firmar el acta de divorcio, la sociedad siempre tiene esa vaga idea y todo mundo piesa que es la verdad, pero como loden los colegas no se requiere de ello, para asentar un acta de divorcio, una vez que cause ejecutoria la sentencia hay que solicitar ante el juzgado el oficio correspondiente y acudir a las oficinas del Registro Civil a hacer el tramite el cual previo pago de los derechos tendran que efectuartelo.
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