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  • Consulta : 133283
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 248428

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola.

    Coincido con mi colega anterior y la persona que se suma a la respuesta.

    Mire lo que hacemos en un Registro Civil es lo siguiente:

    Independientemente de si lo presente para su tramite el conyuge o la conyuge, ... solo se solicita oficio que dirige el Juez al registro Civil, copias certificadas de la sentencia y el auto donde ésta se ha declarado que causo Estado. Se hace el pago de derecho y es todo por cuanto hace a ustedes.

    Lo que hacemos nosotros, en una hoja de asentamiento, es levantar el acta de divorcio donde al frente figuren los nombres de los divorciados, se hace referencia al acta de matrimonio como nuemro de acta, libro de registro año de registro etc etc y finalmente que tipo de divorcio es si voluntario o necesario, quien promovió, la autoridad que lo dicta y en la parte posterior los puntos resolutivos de la sentencia. La unica firma que lleva este tipo de actas son la de los Jueces u Oficiales del registro Civil .. nada mas.

    Asi que no se preocupe si quiere ir a firmar o no... eso no es un acto de voluntad.. es una orden de juez que sea levantada el acta de divorcio e insisto... las actas NI SIQUIERA tiene  el campo correspondiente a la firma de los ex conyuges.

    Saludos