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  • Consulta : 133283
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 248404

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Su ex esposo no tiene por qué ir al Registro Civil a firmar ninguna acta, una vez ejecutoriada la sentencia de divorcio, solicita al Juez remita los oficios necesarios y que le autorice a Usted para entregarlos personalmente. Una vez que dicte el auto solicita a los auxilares del Juzgado le hagan entrega de los oficios y los lleva al Registro Civil, paga los derechos y ahí le informarán en cuantos días puede pasar por su acta de divorcio o acta de matrimonio con anotación marginal según sea el caso.