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  • Consulta : 133273
  • Autor : SERGIO A
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  • Autor
    Respuesta No: 248350

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    esporadelmal

    Como acertadamente señala Primus Tribunus, La legislación penal en su entidad, no contempla el delito de amenazas, por lo que DEBE OMITIR MI COMENTARIO AL RESPECTO, donde expuse “…Por cierto respecto de las amenazas, también se puede interponer querella en el Ministerio Público, pero debe contarse con medios de prueba como las grabaciones citadas o testigos…”.