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AutorRespuesta No: 248751
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Diciembre de 2011 11:59 2011-12-22 11:59 desde IP: 187.194.32.144
La respuesta es obvia, este fundamento esta en la ley, y solo tu abogado debe hacerlo valer en terminos del artículo 1069 del codigo de comercio.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
A B O G A D O .
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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