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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Diciembre de 2011 15:27 2011-12-17 15:27 desde IP: 187.194.50.162
Los bienes donados, no son parte de la liquidaciòn de la sociedad conyugal, si el temor que te invade es que el marido de tu hija quisiera quitarle su casa en un divorcio.
Tienes derecho a vivir en la casa y hacer uso de ella como tu quieras, y la nuda propietaria no tiene porque vivir en ese domicilio, el usufructuario puede rentar la casa,
El usufructario no puede vender, ceder o donar, o permutar o dar en garantia la cosa en usufruto, solo vivir en ella o rentarla.
Tu no tienes porque pagar el predial, eso le corresponde al nudo propietario, tu hija.
Le puedes pedir a tu yerno que te entregue las escrituras y si no lo hiciera, hay una copia en el registro publico, ahi puedes pedir la copia e iniciar la acciòn penal en contra de tu yerno, por el delito de robo, y la sospecha de hacer uso indebido de esos documentos, el no tiene razòn, causa o motivo legales para tenerlos, son propiedad de tu hija y tuyos, hasta que te mueras, momento en el que tu hija podra hacer con su casa lo que ella quiera; tu no puedes testar sobre la cosa donada y en usufructo, muerta tu, se acaba el usufructo y tu hija sabra que hacer con sus cosas.
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