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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Diciembre de 2011 18:24 2011-12-17 18:24 desde IP: 187.194.27.113
Al referirme a darle continuidad, es darle vista, obvio es que si no nhay interes juridico procesal, lo unico que va a pasar es eu el juez determine en sentencia de partuiciòn y en rebeldia se diga que es lo que corresponde a cada quien,. y con ello se pueda ya finalmente hacer la escrituracipòn que tanto persigiue el consultante.
O no n estamos de acuerdo en la formaº?.
Saludos lic rosen y como siempre, estamos en contacto, estoy para servirle.
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