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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Diciembre de 2011 21:44 2011-12-14 21:44 desde IP: 189.152.228.154
El patron al tenerlo dado de alta en el imss y estar pagando la cuota de riesgo de trabajo queda relevado de cualquier responsabilidad o indemnización.
El imss le pagara su pensión y unicamente si la calificación del riesgo fuese hasta del 25% el instituto le otorgara una indemnización equivalente a cinco anualidades en sustitución de la pensión
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