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  • Consulta : 132978
  • Autor : wofito2088
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  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si, si se puede pensionar antes de cumplir las edades establecidas , unicamente en la ley 1997,  siempre y cuando  la pension que se calcule  en renta vitalicia  sea superior a mas del 30%  de la garantizada por el estado y se cubra el seguro de sobrevivencia.

    A diciembre del año de 2010 , no existia un solo pensionado  bajo este esquema ya que la cuenta individual no ha juntado suficientes recursos.