- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 132978
- Autor : wofito2088
- Consultas en Foro: 32
- Respuestas en Foro: 1416
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5563
-
: 31 % -
: 68 %
-
AutorRespuesta No: 247981
-
Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Diciembre de 2011 22:01 2011-12-14 22:01 desde IP: 189.152.228.154
Si, si se puede pensionar antes de cumplir las edades establecidas , unicamente en la ley 1997, siempre y cuando la pension que se calcule en renta vitalicia sea superior a mas del 30% de la garantizada por el estado y se cubra el seguro de sobrevivencia.
A diciembre del año de 2010 , no existia un solo pensionado bajo este esquema ya que la cuenta individual no ha juntado suficientes recursos.
-
Autor





