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Fecha de respuesta: Martes 13 de Diciembre de 2011 23:56 2011-12-13 23:56 desde IP: 187.195.123.217
Es correcta la condena que realiza el Juez en tu caso.
Te explico por qué.
"¿Que no debería ser él quien debería probar lo que esta afirmando?"
La respuesta es no, porque èl no está afirmando.
El padre basa su pretensión sobre un hecho negativo que no està obligado a demostrar ("no me permite convivir con mi hija") y te está revirtiendo la carga de la prueba; si contestas con otra negativa, lo único que logras es que el Juez tenga por presuntamente ciertos los hechos de su demanda incidental.
Ademàs, tu negativa de decir "que su padre no viene a buscarla", implica o envuelve la afirmación consistente en que "tú si das cumplimiento voluntario al convenio" y por eso, con mayor razón, te recae la carga de la prueba.
Ahora, debiste avisar con oportunidad al Juzgado que en las fechas de convivencia que corresponden al padre, a pesar de haber avisado con suficiente oportunidad del cambio de domicilio al Juzgado (aunque no esté estipulado como clàsula del convenio), su padre no se presentò al nuevo domicilio que señalaste en autos como el de residencia de la menor.
Ademàs de lo anterior, debes de presentar cuando menos dos testigos de que en esas fechas que le tocaba convivir con su hija, no se presentó al domicilio a recogerla.
Con eso tendràs màs que suficiente para probar tu dicho y evitar ser condenada en un posterior incidente de cumplimiento de convenio.
Quedo a tus órdenes para cualquier duda o comentario.
Saludos.
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