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AutorRespuesta No: 247772
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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Diciembre de 2011 15:27 2011-12-12 15:27 desde IP: 189.180.67.55
Debes continuar con el proceso de divorcio que supongo aún está vigente.
El abogado que contrataste para dar contestación a la demanda, debió hacer valer todo lo relativo a los bienes y si no lo hizo, cuando se liquide la sociedad conyugal se debe hacer un inventario de éstos y sobre los bienes que conformen la sociedad, se dividirán en un 50% para cada parte.
De igual forma, dentro del proceso debiste reconvenir un régimen de visitas y convivencias con tus menores hijos y si no lo hizo tu abogado, promuevelo en la vía incidental.
No mencionas tu Estado, pero ese es el procedimiento que se sigue normalmente, pero puede existir variación en el procedimiento.
Suerte...
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