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AutorRespuesta No: 247995
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Diciembre de 2011 22:57 2011-12-14 22:57 desde IP: 201.141.26.229
No se deje sorprender por viejas gritonas, acuda con su mudanza al inmueble arrendado con su contrato, si le prohiben la entrada de inmediato llama a una patrulla y denuncia a la o las personas que le prohiben la entrada, por despojo. Nadie le puede prohibir la entrada a su casa y de paso se da el gusto de "guardar" unas horas a la Sra. escandalosa que desconoce las consecuencias de sus actos jurídicos (la ignorancia vuelve intrépidos a los ignorantes).
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