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  • Consulta : 132588
  • Autor : wofito2088
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    Respuesta No: 247553

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Para tener derecho al ramo de pensión de invalidez , una se necesita que el imss califique esta, que tenga 150 semanas cotizadas  en la ley 1973 o bien 250 en la ley 97 si la invalidez no pasa del 75%,si ya esta dado de baja  tendria que tener  o estar en conservación de derechos.

    Si no cumple con estos requisitos no le veo el caso de demandar , nada mas perder tiempo ya que en su caso la cuenta individual tampoco se la darian por negativa de pensión ya que  no tiene 60 años.