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  • Consulta : 132509
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 247458

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El DIF no es autoridad judicial, ¿ y como va a entrar el personal del DIF a la casa? Si el consultante no es el títular. El dictamen lo rinden en el jucio. Y en todo caso es una opinión, y no es suficuente para desvirtuar, la presunción qu establece la ley, que favorece a la madre en la custodia. Ya que tienen que ser conductas que pongan en riesgo el interés superior del menor, y por el hecho que narra el consultante , el juez lo va a batear.

    Ojo, Anónimo, tienes el derecho de convivir con tu hija, aunque no te otorguen la custodia definitiva. Para ello debes consignar un par de meses, un monto por concpeto de pensión alimenticia, una vez hecho lo anterior, puedes demandar un régimen de visitas, ó derecho de convivencia para con tu hija, y entonces si, quizá en un futuro, intentar el cambio de custodia, con más elementos.