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AutorRespuesta No: 247435
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Diciembre de 2011 12:34 2011-12-08 12:34 desde IP: 200.33.74.37
Usted es el "deudor" asi que lo mas recomendable es tomar posesion de la casa, pagar los adeudos y tener en propiedad dicho inmueble, si no le interesa traspaselo pero de la manera adecuada, es decir avisando a la hipotecaria del traspaso y los nombres del nuevo deudor.
Ojo_ los extranjeros pueden adquirir propiedades siempre y cuando no sea en la faja prohibida (playas, frontera, etc)
Consulte con la Hipotecaria su asunto para saber lo mas recomendable y asesorese de un abogado.
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