- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 132459
- Autor : Ferrer Patricia
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 90
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 247408
-
Fecha de respuesta: Jueves 08 de Diciembre de 2011 08:56 2011-12-08 08:56 desde IP: 201.153.41.182
Debe interponer de inmediato una terceria excluyente de responsabilidad ante la autoridad que le haya embargado, de locontrario será rematada y usted la perderá, hay formas e revocar una sentencia en su contra, pero usted debe actuar de inmediato. llameme si gusta que le apoye con su juicio, vea mi pagina, es triple w punto asesoriapenalycivil punto com, o llamame a los telefornos 04455 28844 0070, 6002 0365, 0 5872 8361
-
Autor





