Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 132250
  • Autor : SHREK
  • Consultas en Foro: 19
  • Respuestas en Foro: 328
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5563
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 247171

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Estimada consultante, antes que nada usted como patrón tiene la obligación de LIQUIDAR a su empleada, a ella le corresponde una indemnización constitucional equivalente a 3 meses de sueldo, una prima de antigüedad equivalente a 12 días por año (o parte proporcional), vacaciones, aguinaldo, prima vacacional, y sueldos devengados hasta el día de su despido.

     

    Ya que como bien narra, ella se reportó enferma, y usted no comenta si la tienen dada de alta en el imss (ya que es común de las escuelas particulares; el no dar seguridad social a sus trabajadores) por todo lo anterior deduzco que ustedes solo quieren ahorrarse la liquidación ya que comenta "lo que mas nos importa es darla de baja de la institucion y que no repercuta un gasto de finiquito o hasta indeminizacion pues como comprenderan no queremos a una persona asi en la escuela" y tal vez ese es el verdadero motivo por el cual le quieren imar un robo a dicha recepcionista.

     

    Así es que LIQUIDENLA ustedes como institución (patrón) cumplan con sus obligaciones, y luego les diré que hacer por el supuesto delito que quieren imarle.