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  • Consulta : 132142
  • Autor : nazario
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  • nazario
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mister Kokoduro;

    para robustecer tu dicho agrego;

    le concedieron la suspencion provisional del acto reclamado, entanto recibían el informe previo de la autoridad responsable, esta al hacer del conocimiento del juez de distrito que el delito es considerado como grave, este ultimo NIEGA la suspencion definitiva, ya que ni siquiera fija causion, pero fijate que si el indiciado se da a la fuga el juez de distrito se ve obligado a entrar al fondo del asunto y llevar a cabo ambas audiencias sin presencia de las partes y conceder o negar el amparo (no sobreseer), ya que en un curso normal en el que el quejoso recurre al amparo indirecto y conceden la suspencion le fijan fianza y lo obligan a comparecer ante la autoridad que lo requiere (sin ser detenido) a presentar su declaracion preparatoria y de igual forma a todos y cada uno de los requerimientos de dicha autoridad del proceso penal incoado en su contra, es por eso que quieren recurren al amparo y huyen a fin de que el juzgador federal resuelva la audiencia constitucional y conceda el amparo o en su caso lo niegue.

    saludos.

    consultante donde te encuentren te detendran (en la via publica) no te han concedido el amparo de fondo, espera la resolucion final del juez de distrito y si te es favorable que cause ejecutoria, hasta entonces.