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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Diciembre de 2011 16:55 2011-12-02 16:55 desde IP: 189.145.151.137
Ambos juicios son autonomos. El que tienes en apelación se resolverá, en su oportunidad.
Para contestar necesitas contratar a un abogado.
El juicio reinvindicatorio, es una acción que ejercita el propietario, quien ademas es poseedor originario, pero todo dependerá del titulo que exhiba.
Ahora bien; la prescripción, habría que analizarla, como fue planteada, pues es condición necesaria revelar la causa generadora de la posesión, y bueno aquí está la clave, pues no cualquier persona puede plantear un juicio de prescripción.
Faltan muchos elementos que debes aportar. Por ejemplo, sería ilustrativo, que indicaras, por que la sentencia de primera instancia, no te favoreció, a partir de aquí podriamos ir desentrañando si ese inmueble que posees, es suceptible de prescribir.
Saludos
DANIEL AQUINO CRUZ
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