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AutorRespuesta No: 246774
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Fecha de respuesta: Jueves 01 de Diciembre de 2011 04:43 2011-12-01 04:43 desde IP: 201.157.0.183
A mi entender, la madere de la menor interpuso una querella por abandono de persona, integraron la averiguacion correspondiente, en consecuencia, la consignaron ante el juez de lo penal y este dicto la orden de busca, aprehension y detencion. El delito no es, grave pero debe pagar los alimentos que debe y garantizar los subsiguientes. Debe seguir cumpliendo sus obligaciones. La querella puede ser sin haber demandado los alimentos ante un juez de lo familiar o el competente, segun la legislacion.
Por otro lado, se debe saber si antes se interpuso demanda de alimentos. Que invetigue en el juzgado o los juzgados que le correspondan en el Distrito Judicial respectivo, donde viven.
Con relacion a la convivencia con su hija, debe demandar tal cosa ante el juez competente.
Saludos
Victor Hugo Miaz Serrano
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