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  • Consulta : 131762
  • Autor : ilianave
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    Respuesta No: 246717

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Como es un crédito de INFONAVIT, tiene que ser con alguna de las que éste tenga registrados, así que pida al INFONAVIT el listado de Notarios y pregunte con ellos qué documentación necesita.

    Pero en todos los casos se requiere el título de propiedad, el cual se firma desde que se adquirió la hipoteca y debieron haberselo entregado al año más o menos de haber realizado la compraventa y constituido la hipoteca, pero en la mayoría de los casos, la gente lo va dejando y no las recoge en la Notaria.

    Acuda a la Notaria que realizó el trámite de su escrituración y pida que le expidan una copia certificada de la misma en caso de que aún se encuentre el protocolo en la Notaria.

    Si ya transcurrieron más de 5 años, entonces la Notaria ya no tiene el protocolo y tendrá que solicitarlo en el Registro Público o el Archivo General de Notarias, en la Notaria le indicarán en donde.

    De igual forma, la carta de instrucción debe ser dirigida al Notario que llevará la compraventa, para que cuente con el antecedente de la cancelación, pues en caso contrario, la cancelación de hipoteca tarda más de 8 meses para que aparezca inscrita y obviamente no podrá efectuar la compraventa.

    La mayoría de los acreedores hipotecarios le pueden expedir una nueva carta de instrucción con los datos del Notario que va a realizar ambos actos, pero algunos le cobran por esa nueva carta.

    Suerte!