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  • Consulta : 131749
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 246675

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es claro que el riesgo existe, aunque muy improbable si una vez "puestas" las firmas, el documento puede nacer a la circulación, es decir que lo puede vender a un tercero de buena fe,  puesto que el delincuente también puede falsificar la firma de beneficiario y el o los endosos. En caso de que ejerzan la acción cambiaria directa entonces los demandados deberán impugnar las firmas y ofrecer la pericial para acreditar la falsificación. El riesgo depende principalmente del monto del documento, si es una cantidad importante. Lo que debe hacer el beneficiario del documento por precaución, es levantar un acta por extravió del documento.