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Fecha de respuesta: Jueves 01 de Diciembre de 2011 22:43 2011-12-01 22:43 desde IP: 187.144.167.209
Mientras no se haya cumplido el fin del poder o para el que fue otorgado, este sigue siendo valido.
En el caso que nos ocupa.
Hay que revocar el poder y dar aviso al ministerio publico, sobre el proibable delito de abuso de confianza; lo que no te libra de pagar la deuda contraida y asi salvar tus propiedades y posesiones; pero primero revoca el poder , sto es muy urgente, aun cuando ya se haya dado el uso indicado, aun cuando ya se haya cumnplido el fin; revoca el poder.
Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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