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  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguida Claudia

    Lamentablemente en México existe un amplio mercado de documentación apócrifa, que invita desde los padres que no quisieron o no pudieron pagar los estudios adquiridos por sus hijos, hasta quien por la necesidad de acreditar un perfil, de bachiller o de licenciatura, utilizan documentos falsos, maquinados digitalmente, burdos, notoriamente falsificados., arriesgándose a perder su empleo, sus estudios y hasta su libertad, por ser un tema muy recurente en la red, me gustaría con preguntas sencillas tratar de orientarle.

    1.- ¿Que sucede si utilizo un documento falsificado para continuar mis estudios de educación superior ?

    Antes de Contestarte le comento:

    Las Escuelas y Universidades privadas, están incorporadas a otra Institución Educativa (UNAM, IPN, UEM, ETC) o ante la Secretaria de Educación Pública, y esta les otorga su Registro de Valides Oficial de Estudios, RVOE conocido como incorporación al Sistema Educativo Nacional, recuerde que existen dos vertientes, el escolarizado y el sistema no escolarizado o abierto, en ambos casos desde que te inscriben ellos deberían checarlo ante la SEP y cuando egresas, de una institución incorporada con ellos, es la SEP es la que otorga el certificado de estudios del nivel que tu estudiantes, y te lo envía por medio de tu escuela particular.

    En su universidad privada incorporada a la SEP, cuando tu ingresas, hacen gestiones de su matrícula ante la sep y esta  les pide que le envíen copia de los documentos, ahora las escuelas particulares mañosamente te dejan terminar y con ello no pierden un alumno y dinero, pero ellos saben que es falso y por eso te piden el original para poder acreditar el uso del documento y para que sirva de prueba idónea de la falsificación.

    La dirección General de profesiones de inmediato checa el documento en su base de datos y si no te encentras te notifican que está en investigación el certificado y se presume que es apócrifo, se revisa físicamente y se manda a dar vista a la Institución que supuestamente lo emitió (CONALEP, C. BACHILLERES, UNAM, IPN ETC.) y se envía un informe a la institución donde estudia la persona, si tu documento resulta falso.

    La Secretaria de Educación Pública inicia un Procedimiento Administrativo, por el cual determinaran que los estudios que estas realizando y realizaste a nivel superior carecen de valides oficial, y notifica a tu institución que se te debe dar de baja de tu universidad, requiriendo que sea enviado tu certificado o título al área jurídica, y por otro lado la institución que supuestamente otorgo el certificado denunciara los hechos ante el C. Agente Ministerio de la Federación, quien te mandara a citar para que declares lo que a tu derecho corresponda, incluso el área jurídica de la SEP, te denunciara con el original del documento que tu presentaste, te comento porque al año me han tocado asistir en promedio de 15 a 20 personas con documentos falsos.

     ¿Cuál es el fundamento legal para que se mis estudios superiores, queden sin validez oficial, así como cualquier documento expedido a mi favor por mi universidad en virtud de que mi certificado de preparatoria o equivalente carece de validez oficial (apócrifo)?

    El fundamento legal son los artículos 37 párrafo tercero de la Ley General de Educación, 3 de la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, 4 fracción II del Acuerdo numero 279 SEP por el cual se establecen los tramites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior, así con el articulo xx del reglamento interno de su universidad

    Dicha conducta puede ser constitutivo de delito, para su comprensión transcribo los siguientes:

                                   CODIGO PENAL FEDERAL

    Artículo 250.- Se sancionará con prisión de uno a seis años y multa de cien a trescientos días a quien:

                            II. Al que sin tener título profesional o autorización para ejercer alguna profesión reglamentada, expedidas por autoridades u organismos legalmente capacitados para ello, conforme a las disposiciones reglamentarias del artículo 5 constitucional.

     

                d) Use un título o autorización para ejercer alguna actividad profesional sin tener derecho a ello;

    Artículo 251.- Si el falsario hiciere uso de los documentos u objetos falsos que se detallan en este título, se acumularán la falsificación y el delito que por medio de ella hubiere cometido el delincuente.

    ¿ Si soy servidor público me pudieran acusar de otros delitos?

    Si en la práctica  pueden ejercitar la acción penal por el siguiente:

    Por lo que considero que tienes que tomar medidas urgentes

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx