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AutorRespuesta No: 246523
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Noviembre de 2011 17:36 2011-11-28 17:36 desde IP: 189.195.92.130
Posiblemente por lo que se refiere a aspecto civil-familiar en cuanto no seas notificado no tenga alcanse jurídico alguno.
Sin embargo existe otro medio para obligarte cumplir con la mautención familiar y es en materia panal, con la denuncia por el delito de Incumplimiento de obligaciones alimentarias, donde se te pude exigir el pago de todas aquellas cantidades que los acreedores alimentarios se hayan visto e la necesidad de pedir prestado para sufragar sus necesidades alimeticias y esto puede ser mucho dinero ya que exageraran en demasia.
Es recomendable que te asesores con abogado especialista en maeria familiar y penal por si acaso.
Puedes presentar e eljuzgado Civil o Familiar la consignación de ciertas cantidades en base a tus posibilidades por concepto de pago depension alimenticia alegandole al juez que la parte acreedora alimentista se ha negado a recibir estas cantidades. Obvio se supone que ignoras la demanda de alimentos que comentas.
Con esto demuestras tu buenafe y te evitas lo penal que sería lo mas preocupante por que no sería negociable
SALUDOS.....
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