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  • Consulta : 131255
  • Autor : Lic.DiegoGonzalez
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  • Autor
    Respuesta No: 246217

  • Lic.DiegoGonzalez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Nadie puede entrar a su domicilio sin su consentimiento, por lo que veo esto se trata de una patraña por parte de su acreedor, esos que le llaman asustandole, cuando vuelvan al domicilio es indispensable que la persona que ls atienda llame a una partulla a efecto de que el seudo funcionario publico (actuario o ejecutor se identifique plenamente), y recuerde que solamente un Juez puede ordenar que ingresen a un domicilio sin autorización del propieario o poseedor....