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  • Consulta : 131255
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 246126

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si Usted vive ahí, sí pueden embargar, tal vez la casa no, aunque  no dice el monto del pagaré,  pero casi nadie guarda las facturas de la sala, del comedor, la licuadora, la televisión. Sólo asegúrese de que quién le está requiriendo el pago de verdad sea un actuario o ejecutor del juzgado, no sea que la quieran sorprender usurpando funciones.