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AutorRespuesta No: 246027
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Noviembre de 2011 10:42 2011-11-23 10:42 desde IP: 189.177.25.189
De donde es el codigo civil que señalas?, hasta donde se me explico tengo que avisar con 90 dias de anticipacion del cambio y ponerme de acuerdo con el papa cada cuando se llevara acabo las convivencias con sus hijos cabe mencionar que el papa de mis niños los ve 1 vez por mes me puedes explicar un poco mas a profundidad,si no es mucha molestoa,nuncq nos casamos y hubo demanda por lesiones,se le otorgo el.perdon y llegamos a un.acuerdo,agradezco tu ayuda.
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