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  • Consulta : 131119
  • Autor : LicVelazquez
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  • Autor
    Respuesta No: 245960

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Le recomiendo ampliamente confiar la redacción del contrato y la ratificación de firmas de las partes contratantes a un Notario Público. 

    El Notario dejará debidamente acreditada la existencia legal de la empresa arrendataria y la personalidad y facultades de quien comparece en su representación.

    No se deje llevar por el canto de las sirenas, sea precavido y evitará problemas en el futuro.

    Saludos cordiales.