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Fecha de respuesta: Martes 22 de Noviembre de 2011 13:45 2011-11-22 13:45 desde IP: 187.158.158.172
Le recomiendo ampliamente confiar la redacción del contrato y la ratificación de firmas de las partes contratantes a un Notario Público.
El Notario dejará debidamente acreditada la existencia legal de la empresa arrendataria y la personalidad y facultades de quien comparece en su representación.
No se deje llevar por el canto de las sirenas, sea precavido y evitará problemas en el futuro.
Saludos cordiales.
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