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  • Consulta : 131069
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 245983

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    cuando tienes un bien... y lo donas... estas dando la cosa en propiedad..

    cuando cedes los derechos estas dando la cosa con todos los beneficios o dificultades que tenga....

    la donación puede ser sobre bienes muebles o inmuebles y sobre los segundos ...pesa  en escritura publica ante notario y se inscribe  en el registro publicio...

    en la cesión de derechos.... pues o no tene la cosa unba factura o una escritura...y puede o no estar  registrado...