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  • Consulta : 131069
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola lo explicare asi con palabras muy simples... palabras de pueblo.

     

    Imagina que tu papá construye una casa.... y te da el usufructo vitalicio. esto es que puedes habitarla ahi hasta que mueras pero no eres propiamente el dueño... solo la habitaras de por vida.

     

    Una donación... es la entrega de la cosa.. traspasas la propiedad.

    Una sesion de derechos es.... que ese usufructo vitaticio ... lo traspasas a un tercero. Pero solo eso... ahora el tercero habitará en lugar tuyo porque cediste derechos.....

    MM no se si queda claro... la donacion solo la puede hacer el propietario del inmueble.... la sesion de derechos es como su nombre lo dice solo un derecho de cohabitar, de vivir en esa propiedad pero JAMAS enajenar el bien.