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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Noviembre de 2011 21:54 2011-11-20 21:54 desde IP: 201.141.23.139
Por demás que interesante su asunto. Los Códigos Civiles de esos años señalaban que cuando no se reconociera en el acta de matromonio de forma expresa el régimen de sociedad conyugal, se entedía que era bajo sociedad conyugal. Debe buscar los códigos de Querétaro de la época para aclararlo, pero lo màs probable es que sea Sociadad Conyugal.
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