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  • Consulta : 130745
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 245468

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Salvo que algun colega laboralista me corrija, lo dicho por el forista que antecede no aplica, es decir el articulo 110 de la LFT pues esta ley regula las relaciones laborales entre empleado y patron y prohibe a este ultimo hacer descuentas a los trabajadores en las formas y terminos ahi descritos.

    Pero AQUI la empresa esta cumpliendo en tiempo y con forme a la ley en depositar su salario INTEGRO y es el banco quien de manera abusiva se cobra a lo chino. En consecuencia reulará dicha conducta la CONDUSEF y no la Ley Federal del Trabajo

    Ojo