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AutorRespuesta No: 245467
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Noviembre de 2011 11:07 2011-11-17 11:07 desde IP: 187.176.93.241
de ninguna manera, los bancos no pueden hhacer este tipo de actos ya que la ley federal del trabajo estable en el sigueinte artuculo:
Artículo 110.- Los descuentos en los salarios de los trabajadores, están prohibidos salvo en los casos
y con los requisitos siguientes:
I. Pago de deudas contraídas con el patrón por anticipo de salarios, pagos hechos con exceso al
trabajador, errores, pérdidas, averías o adquisición de artículos producidos por la empresa o
establecimiento. La cantidad exigible en ningún caso podrá ser mayor del importe de los salarios de un
mes y el descuento será al que convengan el trabajador y el patrón, sin que pueda ser mayor del treinta
por ciento del excedente del salario mínimo;
II. Pago de la renta a que se refiere el artículo 151 que no podrá exceder del quince por ciento del
salario.
III. Pago de abonos para cubrir préstamos provenientes del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores destinados a la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoras de casas
habitación o al pago de pasivos adquiridos por estos conceptos. Asimismo, a aquellos trabajadores que
se les haya otorgado un crédito para la adquisición de viviendas ubicadas en conjuntos habitacionales
financiados por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores se les descontará el
1% del salario a que se refiere el artículo 143 de esta Ley, que se destinará a cubrir los gastos que se
eroguen por concepto de administración, operación y mantenimiento del conjunto habitacional de que se
trate. Estos descuentos deberán haber sido aceptados libremente por el trabajador.
IV. Pago de cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro,
siempre que los trabajadores manifiesten expresa y libremente su conformidad y que no sean mayores
del treinta por ciento del excedente del salario mínimo;
asimsimo los salarios son inembargables respecgto al articulo
Artículo 112.- Los salarios de los trabajadores no podrán ser embargados, salvo el caso de
pensiones alimenticias decretadas por la autoridad competente en beneficio de las personas señaladas
en el artículo 110, fracción V.articulos de la ley federal de trabajo.
saludos
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