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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Noviembre de 2011 20:04 2011-11-17 20:04 desde IP: 187.195.46.122
Compañero:
Ya le he comentado, que cualquier recurso o medio de defensa que no se interpone en tiempo, aún y cuando sea legal lo que se está solicitando, no puede ser estudiado por la autoridad, pues para ello establece plazos.
La Ley de Amparo claramente establece los plazos para todos y cada uno de los recursos y el promover una queja contra un desechamiento porque el mismo se presentó extemporaneamente, es por demás ocioso.
Nunca se terminarían los juicios si pudiera interponerse uno y otro recurso y más si pudieran presentarse en cualquier momento.
Usted estaría de acuerdo si la contraria interpone recurso tras recurso y aparte en forma extemporánea? Que dice la Constitución en su artículo 14?
Le mando un cordial saludo, ojalá alguien le pueda dar otra opinión, pero de verdad que no hay más que hacer en ese caso.
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