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AutorRespuesta No: 245452
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Noviembre de 2011 09:16 2011-11-17 09:16 desde IP: 192.193.221.142
No procede nada ni embargo (porque ni son los deudores ni firmaron de aval) ni menos fraude (porque aunque fueran los deudores nadie va a la carcel por deudas civiles) , lo mas conveniente es que la siguiente vez que vayan comenten.-
1.- Que no conocen a la persona deudora ni vive ni ha vivido ahi si alguien les dio información contraria esta mal, que si siguen molestando van a llamar al 066 porque no saben que intenciones tienen de buscar a una persona que no vice ahi.
2.- .-Que procedan como consideren que en el juicio ejecutivo mercantil con actuario identificandose como empleado de dicho juzgado por su parte se identificaran tambien no conocen ni vive ahi la persona deudora si tienen esa dirección es problema de su departamento /investigador de crpedito no de ustedes, por lo mismo se acabo el problema y diligencia, pero para que lleguen a hacer el juicio es poco probable..
3.- Ni se les ocurra dar dinero a los seudoabogados porque no se los van aquitar de encima ni va a servir de na mas para que ellos cobren su comisión.
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