- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 130610
- Autor : ulloa88
- Consultas en Foro: 75
- Respuestas en Foro: 3212
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 42 % -
: 57 %
-
AutorRespuesta No: 245346
-
Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Noviembre de 2011 13:44 2011-11-16 13:44 desde IP: 189.200.114.215
Hola.
DEFINITIVAMENTE ES UN NO ROTUNDO.
Si bien es cierto tu puedes enviarlo o lo puede enviar el Juzgado.... no menos cierto es que dicho exhorto HABRA QUE DILIGENCIARLO y si no te presentas, se regresará el exhorto sin diligenciar
Ejemplo: Imaginemos que es exhorto sobre un divorcio. Habras que presentarlo en el poder judicial de la ciudad donde se encuentre el Registro Civil que hará el acta de divorcio o la anotacion marginal segun sea el caso. El Juzgado lo radica y esperará 15 días para que pases por el oficio que gira el exhorto al Registro Civil. Si no pasas por él.. el exhorto se regresará a su lugar de origen SIN DILIGENCIAR por falta de interes del actor.
Para quien no ha litigado materia familiar podrá decirte... "No no es cierto, el Juez exhortado remitirá el exhorto con el oficio correspondiente ordenando se haga el acta o la anotacion correspondiente. No necesitas ir tu" Sin embargo, ello solo hablaría de su falta de experiencia pues olvidarían que GENERA COSTOS las anotaciones marginales o las actas de dicorcio, que DEBE cubrir el usuario y sin ese costo cubierto.. NO SE HACE EL ASENTAMIENTO CORRESPONDIENTE.
Saludos
-
Autor





