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  • Consulta : 130554
  • Autor : TEPANTLATOANI
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  • Autor
    Respuesta No: 248274

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, como bien lo indica a veces le llegan cobros por parte del SAT sin saber si estos son o no ciertos, para eso nuestra Legislación es clara al señalar qué es lo que tenemos qué hacer para no ser víctimas de arbitrariedades.

    Mire yo le recomiendo interponer un RECURSO ADMINISTRATIVO DE REVOCACIÓN en contra de dicho(s) Formulario(s) Múltiple(s) de Pago (FMP-1) DESCONOCIENDO LA RESOLUCIÓN DETERMINANTE para que el SAT entonces le dé a conocer el origen del crédito fiscal y así poder impugnarlo de fondo y forma en la AMPLIACIÓN AL RECURSO DE REVOCACIÓN.

    Tiene 45 días hábiles contados a partir de que surta efectos la notificación del citado FMP-1 para interponer el citado Recurso de Revocación y 20 días hábiles, contados a partir de que surta efectos la notificación de la resolución determinante por parte de la autoridad y a´sí poder conocer el origen del crédito.

    Cualquier duda, quedo a sus órdenes, hasta luego.