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  • Consulta : 130489
  • Autor : wofito2088
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  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Las prestaciones en dinero presciben en un año, es decir que unicamente se le puede dar un año de retroactivo y el articulo que ampara esto es el 279 de la ley 1973 y concordante con el 300 de la ley actual.