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Fecha de respuesta: Lunes 14 de Noviembre de 2011 17:38 2011-11-14 17:38 desde IP: 189.178.223.203
En primer término, debe acercarse a su acreedor e intentar convenir el asunto, osea pagar la deuda integra y convenir los intereses; para el caso de no llegar a un acuerdo, y en obvio de repeticiones inutiles debe hacer lo que le recomendo la señorita "Merche68"...
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