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Fecha de respuesta: Martes 13 de Diciembre de 2011 15:46 2011-12-13 15:46 desde IP: 189.200.114.246
Seria bueno que el colega que antecede lleve el Juicio... el dice no haber delito pues adelante.. que se lo firme y se comprometa a defendarla penalmente si es que em Ministerio Publico adscrito opina al respecto.
Es facil decir.. no no pasa nada.. adelante... que al fin y al cabo si pasa... quien dio la asesoria simplemente queda intocado.
Soy Juez u Oficial del Registro Civil.. he visto.. INFINIDAD de veces lo que aqui le comento.. al menos unas 50 veces al año por motivos del trabajo y si digo que la burra es parda es porque tengo los pelos de la burra en la mano.
Claro esta... puede ser tambien que le toque en suerte que el MP adscrito sea un tipo que no contesta nada ni por equivocación.. a ok ahi ya la hizo y simplemente no pasara nada.. pero donde le toque una persona QUE SI HAGA SU TRABAJO y mire que si hay bastantitos hee .. ojo porque por lo menos si estarian iniciando averiguacion previa.
Es dificil creer que haya personas que luego de haber estudiado un año completo DERECHO PENAL piensen que en su conducta no hay delito que perseguir... pero repito.. es facil decirlo... que si algo pasa.. simplemente cambian de nick y ya. Es con todo respeto para el colega.. la forma irresponsable de asesorar pues a sabiendas de las consecuencias legales ... optan por negarlas señalando que ha llevado muchos asunto. LE APUESTO QUE NO MAS que los que se lleva en un Registro Civil donde TODOS los actos recaen... y no solo aquellos quienes fueron a contratar a un abogado en lo particular.
Usted es libre de creer ... a quien mejor le convenga... solo analice lo que aqui se expone... si cree que su conducta no es constitutiva de delito.. adelante..... pero estoy tan seguro que usted sabe que puede ser sancionada al grado que comparece aqui a pedir consejo de otra forma no lo haría. Claro que se puede arreglar... pero solo quiero precisar que SI ES POSIBLE que pueda ser sujeta de sanciones penales. solo eso..
Saludos
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