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Tradicional Foro de consultas
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AutorRespuesta No: 245020
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Noviembre de 2011 23:31 2011-11-12 23:31 desde IP: 189.237.87.58
Buenas noches, a todos los que visitan el foro; me permito darle respuesta a su consulta, en efecto concuerdo con los compañeros que le han brindado muy acertadamente su punto de vista; Pero en particular a su pregunta, le he de manifestar que cuando se recibe a cuenta un pago parcial o pago a cuenta de adeudo mercantil y este, es decir el recibo que se otorga no expresa textualmente que este será aplicado a abono a cuenta de intereses, se tomara como abono a capital, por lo cual se tendrá la cuenta finiquitada, pero dejando sin conseder, su abogado pudo recuperar su inversion principal, por lo cual el interes es un accesorio no el fondo del asunto.
a sus ordenes lagitana75
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