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  • Consulta : 130227
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 244835

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si el asunto versa sobre Usted, es decir que usted es la parte interesada y esta como parte actora o demandada, entonces no necesita de ningún poder, puede acudir al juzgado a revisar el expediente.