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  • Consulta : 130105
  • Autor : wofito2088
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    Respuesta No: 244731

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    CLaro que puede perder su pensión por entrar en concubinato, esto lo marca claramente el articulo 155 y 133 derogada y vigente. Por quedar embarazada la ley no marca nada .

    Podria el imss darse cuenta si alumbra en sus servicios institucionales y trabajo social hace una investigación  con relación  a esto.