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Fecha de respuesta: Martes 08 de Noviembre de 2011 19:44 2011-11-08 19:44 desde IP: 189.189.77.38
Bueno, le explico:
Usted y la madre de su hijo EJERCEN DERECHOS Y OBLIGACIONES sobre su hijo, y obvio, si usted falta, la patria potestad y custodia queda totalmente a cargo de la madre de su hijo.Usted en su testamento, con asesoría del Notario Público, puede o debió haber nombrado a un ALBACEA, precisamente para evitar malversaciones de los bienes herencia de su menor hijo. Esto el Notario se lo debió haber explicado a detalle, Si no lo hizo, cambie de Notaria pronto.
Suerte.
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