Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 129851
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 244591

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El adulterio como delito no se demanda, se queralla, y en el D.F., de donde es su ID, está derogado. La única forma para acreditar el adulterio y eso para efectos del divorcio necesario en materia civil, es exhibiendo el acta de nacimiento de un hijo nacido fuera del matrimonio. Ni los videos, ni los testigos, ni fotos, ni audios, ni llantos, ni pataleos, ni correos electrónicos, ni mensajes en el celular le sirven, y para colmo en el D.F., el divorcio necesario ya no existe.