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Fecha de respuesta: Sábado 05 de Noviembre de 2011 19:57 2011-11-05 19:57 desde IP: 189.181.72.118
Mi estimada consultante SPRIETSMA SIMON
Mire, habida cuenta de los comentarios que se desprenden en la presente consulta, mi consejo es que se haga usted de los servicios MILAGROSOS del Lic Lawyer2006, más aún que por los IP de ambos, los 2 se ubican en el Distrito Federal, lo anterior estando en el entendido de que, un vez más coincido con Kokoduro1, en el sentido de que no conozco en 25 años algún caso donde se le prive al padre de las convivencias con su hijo porque la excónyuge se quiere ir a vivir a otro lado con su nueva conquista.
SALUDOS
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